Para trabajadoras municipales de ChascomúsAprobaron una ordenanza que permite una licencia especial por violencia de género

Para trabajadoras municipales de Chascomús

Aprobaron una ordenanza que permite una licencia especial por violencia de género

29 noviembre, 2019 Desactivado Por Julio Giribaldi

El Concejo Deliberante de Chascomús aprobó un proyecto de ordenanza, que establece la posibilidad de que los empleados municipales puedan acceder a una licencia especial en caso de ser necesario, por violencia de género.

La iniciativa fue autoría de la concejala del Frente de Todos Ana Francese; la misma establece en su artículo segundo que “… el Departamento Ejecutivo podrá otorgar la Licencia Especial por Violencia de Género en caso de que una trabajadora municipal padezca de manera directa o indirecta, cualquiera de los tipos de violencia comprendidos en la Ley 26.485 y en el postulado de la Ley provincial de Violencia Familiar N° 12.569 y por lo cuya situación deba ausentarse de su puesto de trabajo”.

En los considerandos de la norma ahora vigente, se resalta que la comuna no cuenta con un área de Políticas de Género que permitan contar con una estadística de las situaciones de violencia de género, y se destaca que se conoce el importante número de denuncias realizadas en la Comisaría de la Mujer de Chascomús.

El proyecto fue aprobado por unanimidad en la sesión que tuvo lugar en la mañana del jueves 28 de noviembre, por los dieciséis ediles presentes que conforman el deliberativo de Chascomús.

En el artículo sexto de la ordenanza aprobada se precisa que “… en los casos que como consecuencia de actos de violencia, de ello resulte un daño, que por tal motivo las trabajadoras deban ausentarse de su puesto de trabajo o deban dejar de prestar servicios normalmente, las mismas gozarán de una Licencia Especial por Violencia de género con goce de haberes. La remuneración que en estos casos corresponda abonar a la trabajadora se liquidará conforme a lo que perciba al momento de la interrupción de los servicios, con más los aumentos que durante el período de interrupción fueren acordados a los de su misma categoría por aplicación de una norma legal, convención colectiva de trabajo o decisión del empleador”.

Luego, más adelante, en el décimo artículo se resalta que “…la trabajadora podrá hacer uso de la Licencia Especial por Violencia de Género por un período de hasta 30 días hábiles, que podrán prorrogarse previo dictamen de la Dirección de Familia o al organismo que en el futuro la reemplace, por el tiempo que ésta lo estime necesario”.

Se sostiene además en la norma que “… no será requisito un mínimo de antigüedad para gozar de la Licencia Especial por Violencia contra las Mujeres y se garantizará durante el uso de la misma, los aportes jubilatorios y el cómputo de la antigüedad en el empleo”.