A partir del 20 de abrilEl gobierno nacional habilitó once nuevas actividades que podrán salir de la cuarentena obligatoria

A partir del 20 de abril

El gobierno nacional habilitó once nuevas actividades que podrán salir de la cuarentena obligatoria

19 abril, 2020 Desactivado Por Julio Giribaldi

 

A partir de este lunes 20 de abril, se habilitarán once nuevas actividades económicas, que podrán salir así de la cuarentena dispuesta en el país ante la pandemia de Covid-19. El gobierno receptó los pedidos de los gobernadores, y determinó una variada lista de actividades que volverán a poder abrir sus puertas.

Como dato de color, se destacó que hubo sólo dos gobernadores que no hicieron reclamos o planteos ante la administración nacional, pidiendo por el regreso de alguna actividad económica determinada. Se trata de los mandatarios de Santiago del Estero y Tucumán.

A partir del lunes 20 de abril, al listado de actividades exceptuadas se le agregarán a partir del lunes las siguientes:

  1. los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. Se trata de los Rapipago y Pago Fácil, de los que hasta ahora funcionaban únicamente los que estaban dentro de algún local habilitado, como los kioscos.
  2. las oficinas de rentas de provincias, municipios y de CABA, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  3. lo mismo corre para los registros nacionales y provinciales, como los de Automotor o de la Propiedad Inmueble.
  4. la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas al público.
  5. la atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  6. los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  7. las ópticas, con sistema de turno previo.
  8. los peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos.
  9. los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  10. la producción para la exportación, siempre con autorización previa del ministerio de Desarrollo Productivo, que encabeza Matías Kulfas.
  11. lo mismo para la reactivación de «procesos industriales específicos», que también deberán contar con la autorización del ministerio de Kulfas.