Verificación técnica vehicularRespuestas a pedidos de información sobre licitación de VTV

Verificación técnica vehicular

Respuestas a pedidos de información sobre licitación de VTV

9 mayo, 2023 Desactivado Por Germán Costanzo Castiglione
En el marco de la licitación pública de la concesión del servicio público de VTV, el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires responde a consultas y pedidos de información solicitados.

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, conducido por el ministro Jorge D’Onofrio, en el marco del llamado a licitación pública para la explotación del servicio de verificación técnica vehicular (VTV), responde a pedidos y consultas recibidas acerca del proceso licitatorio.

 

Consultas

Una vez realizado el depósito correspondiente a la compra del pliego en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
1- ¿Se de llevar el comprobante original para el retiro de los pliegos?
2- ¿Cuál es la dirección y el horario de retiro de los pliegos?
3- ¿Qué documentación debe exhibirse o entregarse al momento del retiro de los pliegos?
4- ¿Debe constituirse un domicilio especial en la Ciudad de La Plata?

 

Respuestas

1 y 3- En relación a la consulta enumerada como 1 y 3 para retirar un ejemplar del Pliego, numerado y foliado se deberá acreditar la realización del depósito, declarar la identidad del adquirente – enunciando en su caso si lo hace en nombre de terceros- y constituir domicilio en los términos del artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Generales. (Art. 6 PBCG).

2- Respecto a la consulta enumerada como 2, el futuro oferente podrá retirar el ejemplar del pliego en la Dirección Provincial de Verificación Técnica Vehicular, sita en la Calle 3 Nro. 1630, Planta Baja (entre Calles 65 y 66) de la ciudad de La Plata partir de la publicación del llamado a Licitación en los medios previstos y, hasta dos (2) horas antes de la hora prevista para la finalización de la recepción de las ofertas (13 hs) establecida en el artículo 3° de la RESO-2023-84-GDEBA-MTRAGP. (Punto 1 de la Circular Aclaratoria Sin Consulta N° 1). Se podrá retirar en la franja horaria de 9 a 15 hs.

4- Por último, en referencia a la consulta enumerada como 4, de acuerdo al art. 5 PBCG que remite al art. 24 ss y cc de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Buenos Aires (Decreto N° 7647/70 y sus modificatorias). El mismo establece que: “Toda persona que comparezca ante la autoridad administrativa, sea por sí o en representación de terceros, constituirá en el primer escrito o acto en que intervenga un domicilio dentro del radio urbano del asiento de aquélla. El interesado deberá además manifestar su domicilio real. Si no lo hiciere o no denunciare el cambio, las resoluciones que deban notificarse en el domicilio real se notificarán en el domicilio constituido. El domicilio constituido podrá ser el mismo que el real”.

FUENTE:https://www.gba.gob.ar/