Sigue la polémicaOrganizaciones piden controlar el sistema de vigilancia biométrica de Larreta
25 abril, 2022
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Por
Germán Costanzo Castiglione
Varias asociaciones de derechos humanos reclamaron a la Legislatura porteña la creación de una comisión de seguimiento al sistema de vigilancia en la Ciudad. Recordaron que en los últimos tres años, buscaron los datos biométricos de más de 7,5 millones de personas.
Organizaciones de Derechos Humanos pidieron este lunes a la Legislatura porteña que cree una comisión especial de seguimiento de los sistemas de vigilancia biométrica de la Ciudad de Buenos Aires, a partir de irregularidades denunciadas sobre el uso del Gobierno porteño del mecanismo de reconocimiento facial.
«Resulta absolutamente preocupante que en la actualidad estas tecnologías de vigilancia sean utilizadas sin el control que el propio marco normativo dispone, poniendo en riesgo los derechos de las personas que habitan la Ciudad de Buenos Aires», expresó el documento presentado a la Legislatura por el Cels, Amnistía Internacional, ADC, Fundación Vía Libre y ODIA.
Los organismos consideraron «necesario el desarrollo de instancias de control sobre el modo en el que se utilizan y las finalidades del uso de los Sistemas de Video Vigilancia y en particular del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos en la Ciudad de Buenos Aires»,
El pedido está apoyado en que así había sido establecido por la Ley 6.339, sancionada en el 2020, que modificó la norma de creación del Sistema Integral de seguridad pública de CABA.
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad ya había informado que «el Gobierno de la Ciudad no había remitido la información para poder realizar las tareas de auditoria y control que la Legislatura le encomendó», reseñaron.
«Como es de público conocimiento, en los últimos tres años, el Gobierno de la Ciudad buscó los datos biométricos de más de 7,5 millones de personas, pero no hay información que explique con exhaustividad el sentido de estas búsquedas y el marco regulatorio en el cual se ampararon», argumentaron.
También apuntaron que «las autoridades no han brindado información sobre si aquellas búsquedas se relacionan con el Convenio con el Registro Nacional de las Personas», señalado en la resolución administrativa de implementación del sistema de video vigilancia.
«Las evidencias en el mundo demuestran que estas herramientas pueden violar el derecho a la privacidad, producir errores que afecten el derecho a la igualdad, a la no discriminación, a la presunción de la inocencia y provoquen la criminalización de personas incorrectamente identificadas», declararon en el documento.
En ese sentido, también remarcaron que «estas tecnologías pueden generar un efecto inhibidor y desincentivar gravemente la manifestación de formas de disidencia, generando así un obstáculo en el ejercicio del derecho a la libertad de reunión, la libertad de asociación y la libertad de expresión».
Días atrás, los bloques del Frente de Todos (FdT) y de la Izquierda (FIT) pidieron que el ministro de Seguridad y Justicia de la Ciudad, Marcelo D’Alessandro, concurra a la Legislatura porteña a informar sobre el uso del sistema de reconocimiento facial, cuyas irregularidades fueron conocidas el 12 de abril último a raíz de una resolución judicial.
Ese día, la Justicia porteña suspendió el SRFP del Gobierno local tras detectar un uso ilegal que permitió acceder a datos biométricos de millones de personas que no eran buscadas, entre ellas dirigentes políticos, sociales, sindicales y de derechos humanos, como también jueces, empresarios y periodistas.
La decisión fue tomada por el juez en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Roberto Gallardo, quien además ordenó una batería de medidas de prueba que incluyó el secuestro de computadoras y dispositivos por parte de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en el Centro de Monitoreo Urbano ubicado en la avenida Patricios al 1100, del barrio de Barracas.
Sin embargo, una semana atrás el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta recusó al juez Gallardo con el argumento de una supuesta «falta de imparcialidad» y el planteo debe ser resuelto por la sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo.
FUENTE:TELAM