AFIRMAN QUE EL MANDATARIO ENTRO EN COLERAMilei tuvo un 4 de enero «negro»: todo le salió mal en la Justicia y tuvo dos reveses para su polémico DNU
4 enero, 2024
El jueves 4 de enero de 2004, fue un día realmente negro para el gobierno de Javier Milei. Un juez del fuero Contencioso Administrativo Federal habilitó la tramitación por separado de cada presentación judicial que se haga contra el Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno, mientras la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una nueva medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del DNU.
Con semejante panorama, algunos trascendidos hablaban de la cólera en que quedó sumido el primer mandatario.
La decisión adoptada por la cámara del fuero laboral es la segunda cautelar concedida por ese tribunal: el miércoles había hecho lugar a un planteo de la CGT y ahora a uno de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).
En tanto, en el fuero Contencioso Administrativo Federal, el juez Enrique Lavié Pico habilitó la feria para tratar, por separado, distintos amparos presentados contra la totalidad del DNU, lo que desarma el proceso colectivo en el cual el Gobierno de Javier Milei pretendía que confluyeran todos los cuestionamientos a esa medida.
La decisión del juez habilita a que los jueces federales de distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los casos que se abran contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23
El magistrado declaró la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo -como había sido considerada la presentación del Observatorio de Derecho de la Ciudad- y comunicó al Registro de Procesos Colectivos, para su «desvinculación inmediata».
En esa dirección, Lavié Pico -quien se encuentra de turno en la feria judicial- ordenó que sean remitidas a «las jurisdicciones correspondientes» las «actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso» colectivo, informaron fuentes judiciales.
Fue en ese contexto que el magistrado consideró que se volvía inoficioso el pedido de inhibitoria del Estado Nacional para acumular las causas en trámite en el fuero laboral -donde se dictaron medidas cautelares que suspenden parte del DNU- al fuero Contencioso Administrativo Federal.