SaludLas 6 preguntas para entender qué implica el decreto que equipara la receta del veterinario con la del médico en Argentina
12 abril, 2023
A partir de esta norma presidencial, las farmacias están habilitadas para vender productos con recetas de veterinarios. Son productos que se pueden usar tanto en salud humana como animal.
El Presidente de la Argentina, Alberto Fernández, firmó un decreto que habilita la venta en farmacias de medicamentos que fueron recetados por profesionales de la veterinaria para uso en animales de compañía.
El cambio se hizo en base al enfoque “Una sola salud”, que recomienda la Organización Mundial de la Salud. Consiste en tener en cuenta que en el planeta hay una interdependencia entre la salud animal y la salud humana. Algunas enfermedades de los humanos pueden ser transmitidas a los animales. También sucede al revés: los animales pueden tener enfermedades que contagian a los humanos.
Antes del nuevo decreto, se consideraba al inciso c) del artículo 25 de la reglamentación de la Ley 17.565, que regula el ejercicio de la farmacia desde 1967. Por esa norma, solo estaba habilitada la venta de productos con recetas hechas por médicos y odontólogos dedicados a la salud humana.
En cambio, con el Decreto 185/2023 que fue publicado este miércoles 12 de abril en el Boletín Oficial, se permite que las farmacias también reciban recetas realizadas por veterinarios matriculados. Dice lo siguiente: “Vigilar que en la farmacia bajo su dirección sólo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente”.
Aquí van 5 preguntas para entender qué implica el nuevo Decreto presidencial:
1- ¿Cuál es el cambio principal que habrá a partir del decreto?
Las farmacias en la Argentina ahora están habilitadas para vender productos cuando las personas van a comprar con recetas realizadas por médicos veterinarios. Antes solo podían vender productos con recetas hechas por médicos o por odontólogos que atienden la salud humana.
2- ¿Significa que las farmacias venderán también productos veterinarios?
No. Las farmacias están habilitadas para expender solo productos autorizados para usar en seres humanos. Pero algunos de esos productos también se pueden indicar para usar en animales de compañía, como los perros y los gatos. Por lo cual, si una persona está a cargo de la tutela de un animal que necesita un producto que también se usa en salud humana, ahora puede ir con la receta del profesional veterinario a comprar en la farmacia, según explicó a Infobae el coordinador nacional del Programa Protenencia, que depende del Ministerio de Salud de la Nación, Juan Enrique Romero.
El Decreto 185/2023 habilita entonces a las farmacias a suministrar medicamentos de su vademécum ante recetas firmadas por médicas y médicos veterinarios para uso en animales de compañía.
3- ¿Seguirán vendiendo medicamentos para los animales en veterinarias?
Si. Desde 1951, rige la Ley N° 14.072 que regula el ejercicio de la medicina veterinaria en cualquiera de sus ramas y especialidades. Los veterinarios matriculados pueden indicar tratamiento médico preventivo, curativo o quirúrgico, prescribir vacunas, sueros, virus, drogas, medicamentos, aparatos ortopédicos, correctores o patológicos y en cualquier otro tratamiento para conservar la salud en los animales.
4- ¿Qué tiene que ver el enfoque “Una sola salud” con los veterinarios en la Argentina?
El enfoque “Una Salud” aborda las amenazas sanitarias ligadas a la interrelación entre personas, animales y ambiente y está recomendado por la Organización Mundial de la Salud. Implica que se debe hacer un trabajo multisectorial e integral en cada país.
En febrero pasado, el Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Carla Vizzotti, firmó una resolución que declara de interés sanitario la actividad que desarrollan las y los profesionales veterinarios para la prevención y el manejo de enfermedades, incluidas las transmisibles a las personas. Fue la primera vez que desde la cartera sanitaria se avanzó en la articulación con los profesionales veterinarios para trabajar coordinadamente en una estrategia sanitaria.
5 – ¿El cambio fue apoyado por los veterinarios?
Sí. El decreto presidencial que habilita a las farmacias a expedir productos recetados por veterinarios fue respaldado por las facultades de Ciencias Veterinarias nacionales, las sociedades de Medicina Veterinaria y Argentina de Oncología Veterinaria, y de la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria, entre otras instituciones.
En un acto sobre el tema del Decreto el martes 11 de abril con el Presidente, estuvieron presentes representantes del sector de la sanidad animal y la veterinaria. Participó el vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Rodolfo Acerbi.
También estuvieron el titular de la Federación Veterinaria Argentina (FEVA), Federico Berger; el presidente y el vicepresidente de la Federación de Colegios y Consejos de Veterinarios de la República Argentina (FECOVET), Ariel Dibb y Osvaldo Daniel Castañares; la presidenta del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios de FECOVET, Analía Tortosa; el gerente de la Federación Veterinaria Argentina (FEVA), Dr. Héctor Otermin; el presidente y el vicepresidente del Consejo de Decanos de Facultades de Universidades Nacionales con Carreras de Medicina Veterinaria (CONADEV), Alejo Pérez Carreras y Marcelo Pecoraro.
Participaron también los presidentes de la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria, Jorge Errecalde, y de la Sociedad de Medicina Veterinaria, Leonardo Sepiurka; la presidenta de SAOVET, Laura Denzoin, y el vicepresidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos y Bioquímicos de CABA, Claudio Marcelo Ucchino.
6- ¿Cuál es la situación de las enfermedades que pueden transmitirse entre humanos y animales?
Las zoonosis son enfermedades transmitidas por animales a las personas y representan en todo el mundo el 60% de las enfermedades infecciosas conocidas y un 75% de las enfermedades infecciosas emergentes o reemergentes. En la actualidad, hay más de 200 zoonosis identificadas que representan una amenaza para la salud humana y el bienestar de los animales.
En la Argentina, las zoonosis constituyen un grupo de enfermedades con elevadas tasas de morbilidad y mortalidad. Afectan a personas de todas las edades y géneros. Las principales enfermedades que se reportan en el país son rabia, hantavirus, leptospirosis, hidatidosis, triquinosis, brucelosis, psitacosis, fiebre hemorrágica argentina, leishmaniasis, fiebre amarilla, rickettsiosis, chagas, alacranismo, araneismo (por venenos de arañas), ofidismo, síndrome urémico hemolítico, entre otras. En los últimos tres años, se registraron en el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud más de 40.000 casos de personas con enfermedades zoonóticas.
FUENTE:INFOBAE