Monotributo:La AFIP suspendió también en mayo las bajas de oficio por falta de pago
28 mayo, 2020
La falta de pago en mayo no será computada para la exclusión del sistema. Ello no implica sin embargo una excepción de las obligaciones del trabajador monostributista.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció este jueves que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones del mes de mayo.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.
Por eso la AFIP resolvió que mayo tampoco será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. Sin embargo esos cruces sistémicos no serán utilizados en mayo para proceder con exclusiones de oficio.