El negacionismo de la crisis ambiental por parte de Milei“El DNU refleja el negacionismo de Milei a la crisis ambiental”
26 diciembre, 2023
En diálogo con LNM, el abogado especialista en ambientalismo Darío Ávila reflexionó sobre las medidas que el Presidente incluyó en su primer Decreto de Necesidad y Urgencia y que vuelve atrás varias conquistas.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que difundió el presidente Javier Milei esta semana continúa generando polémica con medidas que afectaron a distintas áreas y marcaron el retroceso en varias conquistas que llevaron años de lucha y trabajo para poder sancionar una ley que amparara derechos colectivos.
En el caso de la lucha ambientalista, desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) difundieron el jueves un comunicado en el que expresaron su más enérgico repudio al Decreto Nº 70/2023 al cual tildaron de “inconstitucional” y contrario a los mandatos convencionales y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia ambiental.
“Pedimos la suspensión del decreto”
“Advertimos con profunda preocupación la orfandad de fundamentos que presenta el referido decreto a fin de sustentar las reformas y derogaciones legales. No existe rigurosidad técnica ni argumentos jurídicos sólidos que justifiquen mínimamente las reformas postuladas”, indica en el que advierte que el Poder Ejecutivo emite arbitrariamente con el DUN disposiciones de carácter legislativo.
“En el marco de la grosera inconstitucionalidad del decreto 70/2023, y los efectos regresivos en materia socioambiental, la pérdida de soberanía y control público sobre nuestros bienes comunes, solicitamos urgente al Presidente de la Nación la urgente suspensión del mismo”, expresa el comunicado.
Es que el primer Decreto de Necesidad y Urgencia que presentó Javier Milei en un discurso que dio por cadena nacional avanza en al menos tres aspectos preocupantes en torno al cuidado y defensa del medioambiente y a los compromisos que Argentina tomó con la firma de acuerdos internacionales.
El abogado especialista en medio ambiente Darío Ávila enumeró en diálogo con La Nueva Mañana, al menos tres leyes que, si son derogadas, tendrán un grave impacto en materia de derechos ambientales.
Ley de Manejo del Fuego
En primer término, Ávila aclaró que el DNU no hace mención a la derogación de la Ley 26.815 de Manejo del Fuego como tal. Sin embargo, Milei la enumeró entre las 30 normativas que derogaría y que difundió la comunicación de la Presidencia.
A lo que alude es a la modificación de la misma a través de la Ley 27.604, que prohíbe el cambio de destino de áreas protegidas y humedales, luego de que éstas hayan sido arrasadas por el fuego.
Tras la sanción de la ley que crea el Sistema Federal de Manejo del Fuego, se modificó el artículo 22 bis, porque impone una prohibición por seis años en aquellos lugares donde se hubiesen producido incendios, ya sean intencionales o no intencionales, de realizar subdivisiones, loteos o fraccionamientos, ventas y avance en edificación del proyecto que originalmente estuviese proyectado en dichas tierras. “Esta modificación tenía una clara finalidad: que esos bosques nativos que sufrieron esa degradación por incendio sean recuperados, sean remediados”, señaló Ávila.
“No hay una mínima mención a la emergencia ambiental y climática”
“Cuando ese proyecto de ley es elevado al Congreso para su debate, se mencionó entre los argumentos la existencia de una práctica bastante habitual de utilizar al fuego como instrumento para eliminar a los bosques nativos, que están protegidos por otra ley de Presupuestos Mínimos. Allí se describen áreas rojas y amarillas y se establecen prohibiciones de realizar cualquier tipo de actividad relacionada a intereses desarrollistas, inmobiliarios, de actividad minera y agropecuaria”, recordó el abogado.
Para el abogado ambientalista, la decisión no fue arbitraria, ya que se encolumna con el listado de medidas que toma para poner a la propiedad privada por encima de cualquier otro derecho, desregulando cualquier tipo de limitación que pudieran haber sido reglamentada por Ley.
“Claramente esta connotación ideológica está plasmada desde el artículo N°1 del DNU, ya que lo primero que declara es la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social´. No hay una mínima mención a la emergencia ambiental y climática, lo cual demuestra ese componente negacionista que mostró durante la campaña al no reconocer la existencia de una crisis ambiental y la problemática del cambio climático. Es preocupante que estos temas no estén dentro de la agenda de prioridades del Gobierno”, aseguro Ávila.
Derechos colectivos y propiedad privada
“Milei pone a la propiedad privada por encima de un montón de otros derechos constitucionales que han tenido reconocimiento a través de fallos dictados por la propia Corte Suprema de Justicia que siempre priorizó los derechos colectivos por sobre la propiedad privada, en especial aquellos relacionados a la salud, la vida y el derecho al ambiente”, explicó.
“Claramente, el Presidente toma una postura absolutamente economicista, utilitarista, y privatista de defensa a ultranza de la propiedad privada por encima de otros valores, que a partir de la reforma constitucional de 1994 tienen rango constitucional y superiores como los derechos colectivos, al ambiente, los derechos previsionales, y todos estos derechos que integran los que se conoce como los derechos de segunda y tercera generación, son derechos que están por encima de la propiedad privada. Milei, a diferencia de la Corte Suprema, vuelve a colocar a la propiedad privada por encima de los derechos colectivos”, indicó Ávila.
En ese marco, cuestionó la derogación de dos puntos mencionados por el DNU. Uno de ellos es la derogación de las leyes N° 24.523 y N° 24.695 de Minería.
Minería: “Se disuelven los registros de extracción de los recursos naturales”
La Ley N° 24523 regula el Sistema nacional de comercio minero y dio lugar a la base de datos de comercio minero, los centros de información y consulta, los agentes de información y los usuarios. “El objeto es aportar información sobre la oferta y la demanda interna y externa de los productos y subproductos mineros”, reza la normativa.
La Ley N° 24.695 crea el Banco Nacional de Información Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos. Con esta normativa se conoce quiénes explotan las canteras y los yacimientos mineros y la cantidad de trabajadores que emplea.
“Todo eso ya no se podrá saber. Se disuelven los registros de extracción de los recursos naturales que hoy están a disposición de los ciudadanos como información pública”, explicó Ávila.
Sin subsidios para promover la energía renovable.
También hizo referencia al impacto negativo que tendrá desactivar el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica establecido por la Ley 27.424. La misma establece el marco regulatorio para que todos los ciudadanos conectados a la red eléctrica pública y que cuenten con un equipo solar fotovoltaico puedan generar energía para su autoconsumo en hogares, pymes, grandes industrias, comercios, producciones agrícolas, entes públicos u organismos oficiales y que el excedente se pueda inyectar a la red de distribución. Con esta acción, Ávila señaló que el Estado ya no otorgará subsidios de incentivo para promover el equipamiento para fomentar el uso de energías renovables.
Milei, con una postura contraria al Acuerdo de París
Por último, el abogado advirtió sobre el posible incumplimiento de acuerdos internacionales y multilaterales como el que tiene por objeto la lucha contra el cambio climático. “El acuerdo de París al cual adhirió nuestro país tiene por objetivo precisamente que los Estados deben adoptar medidas de mitigación y de lucha en contra del cambio climático, y cuya principal medida tiene que ser abandonar la utilización del combustible fósil, porque es la principal fuente de emisión de gas de efecto invernadero. La propuesta del acuerdo es que al año 2050 tenemos que llegar a la descarbonización. Es decir, dejar de utilizar los hidrocarburos como fuente generadora de energía para evitar que se siga incrementando la temperatura media normal a escala planetaria y que no se supere el 1,5 grado de los niveles que se obtenían durante la época preindustrial”, recordó.
“Todos los Estados que han firmado este acuerdo se comprometen en solidaridad y cooperación con los valores que promueven estos acuerdos multilaterales, tomando consciencia de que si esta lucha debe llevarse a cabo de manera conjunta. Milei ha demostrado tener una postura totalmente contraria a ese compromiso que la Argentina asumió en 2015 cuando suscribió el Acuerdo de París”, enfatizó Ávila.
Fecha de Publicación: 26/12/2023
Fuente: La Nueva Mañana
Provincia/Región: Nacional