Reglamentan instrumentos financieros para despidos subsidiadosDetalles de la Resolución 1276/2026 sobre el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
12 agosto, 2026
La polémica reforma laboral aprobada durante el gobierno de Javier Milei permitirá que el Estado financie el pago de indemnizaciones por despidos a través del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado con fondos de la Anses. La Resolución 1276/2026, firmada por el ministro de Economía Luis Caputo, define los instrumentos financieros en los que se podrán invertir estos recursos.
La Resolución establece que los recursos del FAL solo podrán invertirse en valores negociables de deuda del Estado Nacional, deuda subnacional, títulos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, depósitos bancarios y obligaciones negociables emitidas por empresas privadas en el país. Para garantizar la seguridad y liquidez de las inversiones, se deben cumplir principios como transparencia, diversificación y preservación del capital. Además, se fijaron límites de inversión para cada tipo de instrumento, con el objetivo de evitar la concentración de riesgo.
La Resolución también establece que las administradoras del FAL deben mantener al menos un 10% del patrimonio en activos de alta liquidez y bajo riesgo. En caso de que este porcentaje disminuya debido al pago de indemnizaciones, la entidad tendrá 90 días para recomponerlo. Además, se prohíbe invertir recursos del FAL en depósitos o títulos de la propia entidad habilitada para manejar los fondos, controlantes o vinculadas. En caso de que un título pierda la calificación de riesgo ‘AAA’, se podrá conservar hasta el vencimiento o venderse de forma ordenada en un plazo máximo de 180 días corridos.
FUENTE: https://www.minutouno.com



