Serían inconstitucionalesCríticas a las modificaciones a la Ley de Acceso a la Información Pública

Serían inconstitucionales

Críticas a las modificaciones a la Ley de Acceso a la Información Pública

3 septiembre, 2024 Desactivado Por Germán Costanzo Castiglione

Por decreto, el Gobierno redujo el acceso a la información pública aduciendo la necesidad de proteger datos privados de los funcionarios.

El gobierno de Javier Milei realizó por decreto polémicas modificaciones a la Ley de Acceso a la Información Pública, con el fin de impedir que se obtengan datos que ahora se consideran de carácter privado.

El decreto 780/2024 redefine el concepto de «información pública», excluyendo explícitamente cualquier dato de naturaleza privada generado, obtenido o custodiado por personas humanas o jurídicas privadas que no esté vinculado a un interés público comprometido, incluso el acceso a documentos que formen parte de deliberaciones preparatorias o que sean considerados «papeles de trabajo».

Específicamente, la normativa reglamenta el artículo 1° de la Ley N° 27.275 en lo relacionado con el principio de “buena fe” y establece: “La violación al principio de buena fe por parte de todos los actores intervinientes configura el supuesto previsto en el artículo 10 del Código Civil y Comercial de la Nación” y fija que “el juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y, si correspondiere, procurar la reposición al estado de hecho anterior y fijar una indemnización”.

Una de las modificaciones más controversiales es la reglamentación del acceso a la información relacionada con la vida privada de los funcionarios públicos, ya que a partir de ahora, dicha información solo será posible si el titular de los datos prestó su consentimiento explícito o si la información está directamente relacionada con las competencias de los funcionarios en cuestión.

El decreto también introduce nuevas disposiciones para la gestión de solicitudes de acceso a la información y establece que la plataforma destinada a la gestión para ingresar a esto deberá contener un registro detallado de los solicitantes y las respuestas brindadas, con el objetivo de agilizar y evitar la repetición innecesaria de solicitudes similares.

En tanto, la Agencia de Acceso a la Información Pública tendrá en cuenta las solicitudes reiterativas que generen un uso innecesario de recursos administrativos, considerando estas como un posible abuso del derecho de acceso a la información pública.

Tras esta decisión del gobierno de Javier Milei, algunos especialistas en derecho consideran que esto puede tratarse de un decreto inconstitucional, mientras que otros apuntan que con esta medida afectan transparencia de la gestión gubernamental.

El decreto 780/2024 sobre el acceso a la información pública