Micro, pequeñas, medianas y grandes empresasCómo es el trámite para que Anses pague los salarios de 420 mil empleadores
21 abril, 2020
Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas podrán acceder a los tres beneficios que comunicó este lunes el Gobierno.
Finalizado el proceso de inscripción y carga de información económica, comenzó la etapa de evaluación para determinar cuáles son los tres beneficios estatales a los que podrá acceder cada empleador.
De las 550 mil pymes en el país, solo el 82% se anotaron al ATP para gozar de los 3 beneficios que brindará el Estado Nacional.
Quienes solicitaron asistencia estatal son empleadores de todos los sectores. Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas podrán acceder a los tres beneficios:
- Un estímulo a cargo del Estado de los salarios del mes de abril que se pagarán en el mes de mayo
- Se postergá el pago de las contribuciones patronales de marzo
- La reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales de marzo y de abril
El Paso a Paso para el ingreso de los CBU de los empleados y el Convenio Colectivo de Trabajo por actividad aplicable.
La carta se realiza desde el portal de AFIP.gov.ar con el correspondiente CUIT del componente social de la empresa y la clave Fiscal.
Desde el portal de AFIP, deben ingresar al servicio Simplificación Registral de la AFIP.
Desde Simplificacion Registral, una vez que ingresamos, en la pantalla nos situamos en «Relaciones laborales» y vamos a la opción «Datos complementarios».
En «Datos complementarios, en la parte donde dice CUIL, debemos ingresar el CUIL de cada empleado y continuar donde se visualizará los datos del dependiente.
Dentro de los datos complementarios de cada trabajador podemos ver los datos del dependiente, y en el extremo izquierdo vamos a encontrar una opción en forma de hoja donde dice «modificar». Desde allí ingresamos donde nos envía a la siguiente pantalla de «actualización de datos».
En «Actualización de Datos complementarios del trabajador» vamos a ver la opción CBU para el cobro de Asignaciones familiares.
Allí colocamos la opción en forma de hoja que nos dice «modificar la CBU para el cobro de asignaciones familiares». Ingresando allí nos vamos a ir a la última pantalla para la carga de la CBU.
En la última pantalla de la carga de la CBU, tenemos la opción CBU para el cobro de asignaciones familiares, donde nos pide la CBU y la descripción de la misma.
En donde dice CBU ingresan los 22 dígitos de la CBU, y donde dice descripción colocan una reseña, como por ejemplo, «sueldos».
Una vez ingresada la información confirmamos la operación y ya tenemos la carga de la CBU del dependiente.
Cuando confirmamos la CBU y la descripción, aparecerá en pantalla:
CBU; Banco, Sucursal y Cuenta del mismo.
Confirmamos la operación y repetimos los pasos por tanto dependientes tenga la empresa.
En cuanto a la Cargar de Convenio Colectivo de trabajo (CCT), el mismo está cargado desde el momento en que dimos el alta respectiva a cada dependiente.
En el alta de cada dependiente, vamos a visualizar el CCT aplicable a la actividad que ya está cargado en cada alta temprano.
El convenio colectivo ya esta insertado en el alta temprana de cada empleado, motivo por el cual no haría falta la carga del mismo.
El esfuerzo realizado por el Estado al postergar el pago de las obligaciones ya benefició a 3,4 millones de trabajadores y a mas de 420 mil empleadores.