Provincia:Autorizan nuevas actividades en ocho municipios

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Autorizan nuevas actividades en ocho municipios

31 mayo, 2020 Desactivado Por Germán Costanzo Castiglione

Hurlingham, San Miguel, San Isidro, San Fernando, La Plata, Ituzaingó, General Rodríguez y Berazategui, los distritos en los que flexibilizarán el aislamiento.

Este domingo el Gobierno Nacional, mediante la Decisión Administrativa 942/2020 publicada en el Boletín Oficial, exceptuó del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a personas afectadas a determinadas industrias en los partidos de Hurlingham, San Miguel, San Isidro, San Fernando, La Plata, Ituzaingó, General Rodríguez y Berazategui en Provincia de Buenos Aires.

En el partido de San Fernando podrá funcionar la industria naval liviana y actividad de mantenimiento esencial de embarcaciones en clubes y guarderías náuticas; en La Plata la fabricación de indumentaria; en Ituzaingó la fabricación de calzado; y en Hurlingham cerámicos, plásticos, celulosa y papel, química y petroquímica, bicicletas y motos, neumáticos, manufactura de cuero, cemento, juguetes, madera y muebles, electrónica y electrodomésticos, calzado, indumentaria y automotriz y autopartes.

En tanto, en General Rodríguez se habilitó fabricación y armado de bicicletas y motos, fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipos, industria automotriz y autopartes, fabricación de plásticos y subproductos y fabricación de productos textiles; y en Berazategui, automotriz y autopartes, gráfica, ediciones e impresiones y madera y muebles.

Por otra parte, en la Decisión Administrativa 941/2020 se exceptuó del aislamiento a las actividades y servicios vinculados a la realización de auditorías y emisión de certificados de seguridad en instalaciones reguladas por la Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía.

Las normativas señalan que «en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus».

Asimismo, las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros.

Las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19, se informó.