BalcarceBuscan crear un sistema para georeferenciar las tranqueras de todos los establecimientos rurales

Balcarce

Buscan crear un sistema para georeferenciar las tranqueras de todos los establecimientos rurales

27 junio, 2022 Desactivado Por Germán Costanzo Castiglione

Los concejales de Juntos, Sebastián Pinilla y Sandra Divito, presentaron en las últimas horas en el Concejo Deliberante un proyecto para georeferenciar las tranqueras de entrada de todos los establecimientos rurales del distrito. “Esta es una importante herramienta basada en los desarrollos tecnológicos de los sistemas GPS. Será un registro de exclusivo uso oficial para evitar pérdidas de tiempo cada vez que desde el campo se requiera la presencia de ambulancias, bomberos, patrulleros, transporte escolar rural, etc”, explicaron.

Dentro de los considerandos del proyecto, se apunta que “es necesario mejorar la capacidad de respuesta en los llamados o alertas de emergencia, sea esta una patrulla policial, una dotación de bomberos, una unidad de emergencias médicas, un comisionado de Defensa Civil o cualquier otra asistencia; es valioso contar con una geolocalización de los campos de manera exacta, del mismo modo, y en el mismo sentido en que los inmuebles del ejido urbano cuentan con una numeración, que da certeza y referencia sobre un domicilio”.

Y agrega: “es importante para que los establecimientos educativos rurales puedan identificar los domicilios de los alumnos que asisten a sus escuelas. Además la geolocalización de los mismos es importante para  que  el Consejo Escolar pueda  referenciar  los alumnos asistidos por el transporte escolar rural. La identificación de las tranqueras de ingreso a los campos facilitaría a los Centro de salud y/o Médicos evitar demoras en encontrar el lugar al momento en que requieran sus servicio.  Permite también no solo afianzar el vínculo con las personas que habitan el medio rural, sino que también en la entrevista mano a mano se puede tomar conocimiento de las diferentes problemáticas e inquietudes que se puedan plantear generando un ida y vuelta dinámico e interactivo, logrando también un vademecum completo del medio rural”.

Que tomando en consideración las limitaciones impuestas al dominio privado en el interés público mencionadas en los artículos 1970 y 1971 del Código Civil y Comercial de la Nación, se dispone este tipo de restricciones al dominio, las que deben ser respetadas por el propietario, en pos de una mejor respuesta en las situaciones de emergencia;

Qué dice el proyecto                                                                                        Crease el Sistema de Identificación de Establecimientos Rurales  la cual se aplicará en la zona rural del partido de Balcarce, comprendiendo los diez cuarteles que lo componen, como así también en zona complementaria cuyas calles no tengan nombre asignado.

ARTÍCULO 2: El Departamento Ejecutivo georreferenciará (es decir registrará la coordenada en dispositivos con Sistema de Posicionamiento Global “GPS”)  las tranqueras de accesos a cada establecimiento rural o poste que la sujete. El número  identificatorio válido será provisto por la Municipalidad de Balcarce.

ARTÍCULO 3: Se podrá colocar una chapa identificatoria en la tranquera de acceso al establecimiento rural, que se compondrá de un primer número que identifica el cuartel al cual pertenece y los siguientes al número asignado al establecimiento rural y/o tranquera geo referenciada.

ARTICULO 4: Los datos recabados en el Sistema de Identificación de Tranqueras  serán administrados por la Municipalidad de Balcarce, y tendrán acceso a los mismos solo las distintas reparticiones del Estado Provincial, Nacional, y las entidades rurales que lo requieran por nota debidamente fundada. La Municipalidad de Balcarce recabará la información que se desprenda de los censos y encuestas que se realicen, cuyos datos serán utilizados de manera reservada y no podrán ser difundidos.

Código Civil y Comercial de la Nación

Señala el proyecto que “tomando en consideración las limitaciones impuestas al dominio privado en el interés público mencionadas en los artículos 1970 y 1971 del Código Civil y Comercial de la Nación, se dispone este tipo de restricciones al dominio, las que deben ser respetadas por el propietario, en pos de una mejor respuesta en las situaciones de emergencia”.

FUENTE:DIARIO LA VANGUARDIA