GÉNERO, VIOLENCIAS Y DESIGUALDADLey Micaela: sensibilizar y capacitar para proteger a las mujeres y diversidades
23 mayo, 2022
Una ley que nace como necesidad de hacer cumplir otras, que se propone que las cuestiones de género se apliquen en las cosas concretas y cotidianas, y que propone que el Estado y quienes lo integran den el primer paso, capacitándose.
Aunque la igualdad de género está protegida por diversas leyes nacionales y tratados internacionales, los datos de las injusticias, de las denuncias por violencia, de los femicidios y la naturalización de una cultura donde los varones ostentamos muchos más privilegios que las mujeres y las diversidades, dejan en evidencia que la pura letra de una norma no cambia la realidad. Se necesita de un Estado cuyas instancias y protagonistas cuenten con el conocimiento y la sensibilidad necesarias para aplicar esas leyes.
En el caso puntual de la violencia por razones de género, esa formación se vuelve una urgencia. Con esa convicción surgió en 2018 la Ley Micaela 27.499, de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado nacional: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En poco tiempo, adhirieron las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de municipios, universidades y otras entidades públicas y privadas.
Es una ley que busca, además, hacer cumplir otras leyes y compromisos asumidos por la Argentina al adherir a dos tratados internacionales: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés) y la Convención de Belém do Pará. Fundamentalmente, la Ley Micaela trabaja sobre dos cuestiones de esta última normativa: una expresada en el Artículo 8, que establece que los Estados deben capacitar a sus agentes para que puedan cumplir, a su vez, con su Artículo 7, que llama al Estado a garantizar para las mujeres y diversidades una vida sin violencia.
Las normativas que protegen y amplían derechos
Su impacto es directo porque trata de romper prejuicios, de desmontar costumbres impuestas y naturalizadas, que están en la base de las violencias. Es decir, al capacitar a quienes diseñan y aplican las políticas públicas, se crean las condiciones para que el corpus normativo en materia de género y derechos humanos se vuelva una realidad efectiva.
Por ejemplo, en el caso de las legisladoras y legisladores, se propone que a la hora de pensar o votar un proyecto tengan en cuenta cómo va a afectar la vida diaria y cotidiana de las mujeres y la comunidad LGTBIQ+. Que cuando se discuta en las comisiones se tenga en cuenta que por una cuestión de desigualdad estructural y cultural, en los hechos, siempre se ven más afectados los derechos de las mujeres y el resto de las identidades de género. Lo mismo en la Justicia. Por eso, la sensibilización tiene que ver con poder evaluar si esa política pretende achicar la brecha de desigualdad o, por el contrario, va a dejar las cosas como están o incluso va a ampliar esas desigualdades que hoy existen en los privilegios que detentan los varones.
Para lograr este cambio, la Ley Micaela establece que la capacitación es obligatoria y continua para todos los agentes del Estado, de cualquier organismo. No importa si son trabajadores permanentes o son funcionarios elegidos por la sociedad a través de las elecciones o quienes las autoridades designan para que cumplan determinadas funciones dentro de la administración pública.
Y aunque se destaque su carácter obligatorio, esta norma también constituye un derecho, una invitación a hacerse preguntas y repensar hábitos sobre los que se asienta el mundo patriarcal, porque también lo que pretende es cambiar la realidad: procurar una vida libre de violencia para las mujeres y las diversidades, que al igual que las mujeres no tienen plenos derechos como sí tenemos los varones.
Pero, a su vez, la Ley Micaela también plantea un objetivo extra, que no está indicado de forma expresa en el articulado de la norma nacional ni provincial, ni tampoco en las ordenanzas de los municipios que han adherido, pero que inevitablemente sucede y va a suceder: pretende mejorar las relaciones laborales entre personas de diferentes géneros dentro del propio Estado. Es una de las primeras cosas que se notan en el marco de las capacitaciones, porque las personas empiezan a poder plantearse cuestiones que hasta ese momento estaban naturalizadas o invisibilizadas. Entonces, se empiezan a expresar cuestiones que van a tender a procurar la mejora de las relaciones laborales y luchar contra las desigualdades de género.
La ley 27.499 lleva el nombre de Micaela, como símbolo y recordatorio. Para entender mejor qué significa que haya perspectiva de género, suelo dar el ejemplo de lo que pasó con mi hija, un caso donde, evidentemente, el Estado tuvo muchas fallas. El femicidio de Micaela ocurrió por varias cuestiones, pero hay tres instancias que son determinantes.
La primera es que Sebastián Wagner -que hoy está cumpliendo cadena perpetua por violación y femicidio- había tenido un juicio por dos violaciones independientes, en víctimas diferentes, en espacios diferentes, en tiempos diferentes, pero que fueron unificadas y abreviadas por la intervención de un juez y un fiscal sin perspectiva de género, que le dieron muy poquitos años de condena.
En cumplimiento de esa condena llegó un momento en que Wagner tuvo el derecho de solicitar la libertad condicional, a pesar de más de siete informes negativos de profesionales de la psicología no aconsejaban su liberación. Por segunda vez, la Justicia intervino sin perspectiva de género y le otorgó ese beneficio.
Pero hubo otra situación más, muchísimo más cercana al día en que ocurriera la violación y el femicidio de Micaela. El 31 de marzo, 24 horas antes, el papá de una nena fue a radicar una denuncia en Gualeguay contra Wagner por intento de abuso y no le tomaron la denuncia porque la jueza no estaba en la ciudad. Le pidieron que volviera el lunes siguiente.
Nosotros siempre decimos que no tenemos nada contra esos funcionarios, porque las personas tienen responsabilidad cuando conocen, cuando saben, pero el Estado sí es responsable de no tener agentes que estén capacitados. Si esos funcionarios hubiesen actuado con perspectiva de género, esa noche Wagner habría estado encerrado en la comisaría, porque el domicilio que tenía declarado como propio para gozar de libertad condicional era en el que vivía. Pero nada de esto sucedió.
A raíz de estas tres instancias donde intervinieron agentes del Estado sin perspectivas de género, Wagner pudo encontrarse con Micaela la madrugada del 1 de abril de 2017 para violarla y asesinarla. Por eso, creemos que la Ley Micaela puede salvar vidas, como hubiese salvado la vida de Micaela. Y aunque parezca algo lejano, es una normativa que pretende cambiar la realidad a través de la capacitación.
*Néstor “Yuyo” García es el papá de Micaela García, uno de los promotores de la ley 27.499 y miembro de la Fundación Micaela García “La Negra”
CON NOMBRE PROPIO
Micaela García tenía 21 años cuando en la madruga del 1° abril de 2017, en la localidad entrerriana de Gualeguay, a la salida de un boliche, fue secuestrada, violada y asesinada por Sebastián Wagner. La lucha por justicia de la mamá de Micaela, Andrea Lescano, y su papá, Néstor “Yuyo” García, junto al resto de su familia, sus amigas y amigos, así como el impacto social del caso, expusieron la carencia en perspectiva de género de los organismos del Estado y alertaron sobre la necesidad urgente de capacitar a sus integrantes. El resultado fue la sanción, en diciembre de 2018, de la ley 27.499, la Ley Micaela.
FUENTE:TELAM/POR NÉSTOR GARCÍA