Cuidad de Buenos AiresDesde hoy se amplía la capacidad permitida en colectivos y trenes en el AMBA
10 agosto, 2021
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Por
Germán Costanzo Castiglione
En los colectivos no se podrá superar la capacidad de asientos disponibles, con excepción de los horarios pico y ante el exceso de demanda, cuando podrá ampliarse hasta 20 pasajeros de pie. En los trenes podrán viajar hasta cuatro personas paradas por metro cuadrado, en los horarios de mayor demanda.
El Gobierno nacional oficializó este martes la ampliación del uso del transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) en los horarios de mayor demanda, ya sea en el servicio de colectivos como ferroviarios.
Por medio de la resolución 269/2021 del Ministerio de Transporte, firmada por su titular, Alexis Guerrera, y publicada hoy en el Boletín Oficial, se determina que tanto en colectivos como en trenes se amplía la capacidad de usuarios en horas pico.
Por caso, las líneas de colectivos urbanos y suburbanos deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, con excepción de los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, cuando podrá ampliarse hasta 20 pasajeros de pie.
Respecto a los servicios ferroviarios metropolitanos y regionales, podrán viajar hasta cuatro personas paradas por metro cuadrado en los horarios de mayor demanda.
No obstante, se mantiene la recomendación de utilizar medios alternativos de movilidad personal siempre que sea posible, a los fines de evitar aglomeraciones en los distintos medios de transporte, en especial durante los horarios pico, como medida de prevención frente al coronavirus, según establece la resolución.
La medida prescribe, además, que «en los aglomerados, departamentos o partidos que se encuentren en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, el uso de los servicios públicos de pasajeros quedará reservado exclusivamente para aquellos pasajeros afectados a las actividades, servicios y situaciones» esenciales.
Incluye también a personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales, donde se hubiera autorizado, así como las personas que deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere.
En esos casos, «excepcionalmente», en los horarios pico y ante el exceso de demanda, «la capacidad podrá ampliarse hasta 10 pasajeros de pie», dando cumplimiento a las recomendaciones sobre distanciamiento social en el interior de los vehículos.
En el transporte ferroviario deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, y hasta un pasajero parado por metro cuadrado en los espacios libres disponibles según el tipo de coche correspondiente a cada formación.
En la resolución publicada hoy, el Ministerio de Transporte nacional recomienda que las empresas prestatarias de los servicios involucrados garanticen la máxima frecuencia de sus servicios, con especial énfasis en los horarios de mayor demanda de los servicios.
Y aclara que puede preverse el inicio de los recorridos en lugares de gran aforo de usuarios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados; contar con una correcta ventilación en los vehículos, y dar estricto cumplimiento a los protocolos ya determinados.
También solicita extremar los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos, cumpliendo, como mínimo, con la totalidad de las medidas que determine la autoridad sanitaria y exigir el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante todo el viaje y durante el tiempo de espera para ascender al mismo, sea en paradas o en estaciones.
FUENTE: TELAM