Falta de inscripción en RASE“373 usuarios que aún no se han registrado formalmente”

Falta de inscripción en RASE

“373 usuarios que aún no se han registrado formalmente”

26 junio, 2024 Desactivado Por Germán Costanzo Castiglione

A través de una serie de comunicados, las autoridades de la Cooperativa de Electricidad de Ranchos Ltda. explican y resaltan la importancia de inscribirse en la Base de Datos del Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE), en la cual aún un importante porcentaje de los usuarios del distrito de General Paz aún no se han adherido.

En uno de los oficios titulado: “Falta de inscripción en RASE / TARIFA SOCIAL N2”, la Cooperativa expone que “de acuerdo con la información recibida en la Base de Datos del Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE), existen 373 usuarios que aún no se han registrado formalmente”.

“No obstante, en la primera etapa de segmentación, en acuerdo entre las autoridades provinciales y nacionales, se hicieron los pases automáticos para que no se vea afectado con el cambio de tarifa y no tenga un prejuicio económico, quedando en N2 (tarifa subsidiada + Tarifa Social). Por este motivo, les recordamos que, para poder seguir gozando de la Tarifa Social subsidiada, deberán realizar estos usuarios la inscripción al RASE antes del 4/8/24. En caso de no hacerlo será incluido en N1 (Tarifa sin subsidio) pasando a abonar la tarifa plena de energía sin subsidio, representando esto un incremento muy importante en sus futuras facturas según lo indicado en Res. 2024-90 de la Secretaría de Energía Nación”, agregan.

“Es importante tomar conciencia sobre este tema, ya que afectará de manera significativa el monto total de factura”, resaltan desde la Cooperativa eléctrica.

Para inscribirse deberá ingresar a la página https://www.argentina.gob.ar/  y buscar “Solicitar subsidio para servicio de luz y gas”. Allí se desplegará un formulario, el cual deberán completar con los datos requeridos, teniendo a mano las facturas de los servicios correspondientes. Cabe aclarar, además, que en este sitio puede iniciar, y también actualizar el trámite para el subsidio a la energía (Luz y Gas).

COMUNICADO PARA USUARIOS RESIDENCIALES DEL SERVICIO ELECTRICO

CATEGORIZADOS COMO N2 y N3 (Ingresos Bajos y Medios)

Informamos a uds que por Resolución 90/24 de la Sec de Energía de la Nación se considera el subsidio
a usuarios N2 y N3 en zonas frías mientras no tengan suministro de red de gas.

Este beneficio apunta a mitigar los efectos de los incrementos tarifarios en los usuarios clasificados como Nivel 2 y 3 (ingresos bajos y medios), ya que eleva de 250 a 500 kw (N2) y 350 a 700 kw (N3), los escalones con subsidio en los meses de invierno (consumos junio –agosto que se facturarán entre julio –
septiembre).

Para acceder a este beneficio, se deben cumplir con las siguientes condiciones:

– Usuario Residencial (T1R o T4R) Clasificado como N2 o N3

– Localidad indicada como Zona Fría (General Paz está abarcada en la Subzona IIIa).

– Usuarios que no tengan frente a sus domicilios Redes de Gas Natural o Red de Gas propano.

En el caso de nuestro distrito, el mismo se encuentra en su totalidad en Zona Fría, de acuerdo a la clasificación suministrada por el ENARGAS, pero no contamos con información fehaciente que vincule a los usuarios de gas con el suministro eléctrico, por lo que es necesario que cada uno complete el formulario de DDJJ para que la cooperativa pueda aplicar los beneficios que se determinen y que disminuirá de manera importante el valor final de su factura de energía eléctrica.

El formulario puede retirarse en la Cooperativa o descargarlo desde nuestra página web www.cer-ranchos.com.ar

Para que el beneficio pueda ser aplicado en las próximas facturaciones deberá ser entregado ANTES del 22 de JULIO de 2024.

Modificaciones al Régimen de Subsidios a la Energía

Ante la publicación de la Resolución 2024-90 de la Secretaría de Energía de la Nación, que establece
modificaciones en el régimen de subsidios a la energía eléctrica; informamos debajo algunos aspectos
relevantes de la misma.
Aún el OCEBA (Organismo de Control de las Distribuidoras de Energía Eléctrica de la Pcia de Bs As ), no
comunicó las modificaciones que trasladará, pero entendemos que es importante poner en conocimiento de nuestros usuarios, con la suficiente anticipación, los cambios que podrían venir con el fin de tomar las medidas precautorias que cada uno considere oportunas, ya que los efectos económicos de esta medida afectará de manera importante al segmento de usuarios N2 y N3 que se sumará esto a los nuevos aumentos comunicados de los precios estacionales de la energía (Res. 92/24) para los periodos junio – julio/24 y agosto – octubre/24 que también serán trasladados a tarifas en algún momento por los entes reguladores provinciales.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA:

  1. Esta modificación al régimen de subsidios impulsada por el Gobierno Nacional, implica una quita en los mismos, o sea se reducirán los beneficios actuales.
  2. Se establece un periodo de transición para la realización de las adecuaciones de quitas de subsidios entre el 1°
    de junio y 30 de Nov-24. Afectará principalmente a las demandas residenciales N2 Y N3.
  3. Se cambia el sentido de cómo se aplican actualmente los subsidios y se dejan sin efecto los topes de consumo según se habían establecido en la resolución 649/22.
    Se establecen nuevos topes de consumo para determinar los Consumos Base, (Antes el subsidio contemplaba todos los escalones de consumo en los N2 y 400 Kw/h en los N3).
  4. Ahora:
  5. Usuarios N1 = Sin Consumo base subsidiado.
  6. Usuarios N2 = Mantiene tarifa subsidiada. Consumo Base = 350 Kw/h -> sin Red de Gas = 700 Kw/h.
  7. Resto del Consumo N2 (consumos excedentes) se abonará según tarifas N1 (sin subsidio).
  8. Usuarios N3 = Mantiene tarifa subsidiada. Consumo Base = 250 Kw/h -> sin Red de Gas = 500 Kw/h.
  9. Resto del Consumo (consumos Excedentes) se abonará según tarifas N1 (sin subsidio).
  10. Clubes de Barrio, Entidades de Bien Publico y otras sin fines de lucro.
    Se establece que las tarifas para este segmento de usuarios serán equivalentes a la tarifa base N2 para todo el volumen consumido, sin tope. Deberán acreditar su condición para el beneficio.
  11. RASE (Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía).
    a. Si el usuario ya se registró, no es necesario volver a hacerlo.
    b. Es obligación de los usuarios mantener actualizado el registro si hubo cambios.
    c. El Registro sigue abierto.
    d. TARIFA SOCIAL: Es importante resaltar que a los usuarios que se incluyeron en el régimen RASE en la categoría N2 por pertenecer a la tarifa social, pero que no hayan realizado la inscripción, se les otorga un plazo de 60 días corridos para realizar su inclusión en el registro. Pasado ese plazo, quedarán sin efecto las mismas y pasará a considerarse como usuario N1 (sin subsidio).
    e. La Secretaría de Energía junto con otros organismos nacionales, realizarán los cruces de información para determinar si la información aportada, coincide con los registros. En caso de incongruencias, el usuario podrá perder el beneficio que actualmente tiene.
    Recordamos una vez más, que la Cooperativa no fija las tarifas, ni el régimen de subsidios; solo se limita a aplicar lo indicado por los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales competentes.